Estimado vecino/a. Desde hace algún tiempo se viene apreciando un aumento de problemática en relación a los perros, tanto en lo que se refiere a sus excrementos y la consiguiente suciedad en las calles, como en la libertad con la que circulan por las mismas y caminos del municipio.

Se recuerda a toda la ciudadanía que por una convivencia cívica se deben respetar los derechos de todas las personas y de los animales.
Además se recuerda que esta Entidad tiene aprobadas Ordenanzas reguladores de la Tenencia y Protección de Animales y de la tenencia de animales potencialmente peligrosos, que recogen la posibilidad de sancionar este tipo de actitudes por parte de las autoridades.
A tales efectos ha de tenerse en cuenta lo establecido en el art. 6 de la Ley 8/1991, de 30 de abril, de Protección de Animales Domésticos, que dice lo siguiente:
«El poseedor de un animal y, subsidiariamente su propietarios, serán responsables por las molestias que aquél ocasione al vecindario así como por los daños y emisiones de excreciones en las vías y espacios públicos».
También se destaca lo dispuesto en el artículo 1905 del vigente Código Civil, que dice:
«El poseedor de un animal o el que se sirve de él, es responsable de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe».
Por todo ello, quiero recordar y hacer hincapié en que se cumplan las normas por parte de las personas dueñas de los animales, recogiendo los excrementos de los mismos y garantizando la circulación de las personas a través de la conducción de los perros mediante correas.
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